Morelia, Michoacán, 19 de noviembre de 2025.– El Congreso del Estado de Michoacán aprobó en Sesión Extraordinaria una serie de reformas a la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, mediante las cuales se definieron de forma precisa nuevos tipos de violencia de género y se estableció la obligatoriedad de crear refugios especializados para víctimas.
Las modificaciones aprobadas por la Septuagésima Sexta Legislatura incluyeron la incorporación de figuras como la violencia psicológica, entendida como cualquier acción u omisión que provoque en la víctima depresión, aislamiento o pérdida de autoestima, pudiendo incluso conducir al suicidio.
Asimismo, se definió la violencia sexual como aquella que mediante violencia física o psicológica pone en riesgo, daña o degrada el cuerpo y la sexualidad de la víctima, incluyendo acoso, hostigamiento, violación y explotación de la imagen.
El dictamen también introdujo el concepto de violencia moral, caracterizada por actos u omisiones orientados al escarnio público, el desprecio o la mofa con el fin de afectar la integridad moral, frenar el desarrollo personal o profesional, e incidir negativamente en la vida social de la víctima.
Otra figura novedosa fue la violencia por acecho, descrita como cualquier conducta no deseada y reiterada de vigilancia, seguimiento o intrusión, capaz de provocar miedo, angustia o alteraciones en la vida cotidiana de mujeres, adolescentes o niñas.
Sobre la violencia digital o mediática, las reformas establecen que las autoridades deberán aplicar medidas inmediatas para salvaguardar la identidad de las víctimas y frenar la difusión de contenido íntimo sin consentimiento. El incumplimiento de estas acciones será considerado falta administrativa grave.
Entre los puntos centrales de la reforma, se instruyó al Ejecutivo estatal y a los municipios a garantizar la creación y sostenimiento de refugios especializados, dotados de recursos etiquetados y con servicios integrales para mujeres víctimas de violencia de género.
Finalmente, se modificó el marco legal en torno a las órdenes de protección, que ahora podrán expedirse de forma inmediata y durar hasta 60 días, con posibilidad de prórroga mientras persista el riesgo para la víctima o dure la investigación.
