• El Congreso del Estado aprobó una reforma que sanciona con suspensión y cancelación de licencia a operadores de transporte público que incurran en actos de violencia en Michoacán

Morelia, Michoacán, 13 de febrero de 2026.- El Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial que establece sanciones contra operadores de transporte público que participen en riñas, agresiones o confrontaciones físicas.

La modificación contempla la suspensión de la licencia de conducir cuando se compruebe la participación del operador en actos violentos contra pasajeros, peatones o terceros.

Suspensión y cancelación por reincidencia

La reforma establece que la falta deberá acreditarse mediante medios probatorios objetivos, como dictámenes periciales, grabaciones de video, testimonios o reportes oficiales de autoridad, a fin de garantizar el debido proceso.

En caso de reincidencia dentro de un periodo de un año, la licencia será cancelada de forma definitiva. Además, el infractor quedará inhabilitado para obtener un nuevo permiso durante un año.

Para poder reincorporarse al servicio, deberá acreditar un curso obligatorio de 30 horas sobre manejo y control de la ira, sensibilización y educación vial.

Comisión impulsó dictamen

El dictamen fue elaborado por la Comisión de Movilidad y Comunicaciones, presidida por Hugo Rangel Vargas, y aprobado por el Pleno.

Durante la discusión del tema, el legislador señaló que como presidente de la comisión

“ha priorizado una agenda de resultados, permitiendo que las iniciativas, sin importar su origen partidista, sean analizadas, robustecidas técnicamente y turnadas al Pleno con prontitud”.

Asimismo, agregó:

“Nuestra labor es dar celeridad a las leyes que la gente necesita y hoy en Michoacán nuestra ley establece mecanismos claros para sancionar a quienes incurran en actos de violencia”.

Tras su aprobación, la reforma seguirá el proceso correspondiente para su publicación y entrada en vigor.