Morelia, Michoacán, 26 de febrero de 2026.- La Septuagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo aprobó la Minuta con Proyecto de Decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reducción de la jornada laboral.

Las y los legisladores michoacanos votaron a favor del Dictamen elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales, por el que se reforman las fracciones IV y XI del Apartado A, del artículo 123 constitucional.

Conforme a las Consideraciones del mismo, la iniciativa tiene el objetivo de establecer como eje transversal de la política pública del Gobierno de México y en beneficio de las personas trabajadoras, una jornada laboral de 40 horas a la semana.

Reducción que será de manera gradual entre los años 2026 y 2030. Asimismo, distribuye las horas de trabajo extraordinario, de común acuerdo entre las partes con límites y montos económicos que dignifican a las personas trabajadoras y valorizan su labor, en beneficio de su patrimonio.

El Dictamen precisa que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, consagró derechos fundamentales y la primera a nivel internacional en constitucionalizar los derechos sociales, como fueron el derecho a un trabajo digno, en condiciones adecuadas y con una remuneración pertinente a las actividades que realiza la persona trabajadora.

“Después de más de 100 años sin una actualización sustancial de la duración de la jornada laboral, se busca actualizar este pilar constitucional para que responda a las necesidades reales de las familias mexicanas y bajo los estándares internacionales de bienestar”, se detalla.

De igual forma, en el Dictamen se define que la reducción a 40 horas semanales, plantea un paso necesario en la humanización del trabajo, en que el bienestar de la persona, no debe de estar supeditado exclusivamente a la productividad económica.

“La reducción de la jornada laboral, constituye un acto de humanismo, garantizando que el trabajo sea compatible con una vida digna y plena, que permita a las personas disponer de tiempo para el descanso, convivencia familiar y la participación activa en la sociedad”, precisa el Dictamen aprobado.

En la Minuta también se establece que el trabajo extraordinario no excederá de doce horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo, mientras que, la prolongación del tiempo extraordinario que supere lo establecido, obliga a la persona empleadora a pagar doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria conforme a lo establecido en la Ley de la materia.