SCJN tumba norma del ISSSTE que negaba pensión por viudez a trabajadores del Estado
Ciudad de México, 7 de abril de 2026.- La SCJN invalida norma del ISSSTE que impedía a trabajadores del Estado acceder a la pensión por viudez si continuaban laborando en el sector público, al considerar que vulneraba el derecho a la seguridad social establecido en la Constitución.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó dejar sin efectos el artículo 12, fracción II, inciso c) del Reglamento de Pensiones del ISSSTE, luego de que el Ejecutivo federal no realizó las modificaciones ordenadas dentro del plazo de 90 días.
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Corte declara inconstitucional la restricción
La resolución se dio a través de una declaratoria general de inconstitucionalidad, en la que se recordó que la extinta Segunda Sala ya había advertido que condicionar la pensión a no trabajar en el sector público era contrario a la Constitución.
El proyecto, impulsado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, fue respaldado por el Pleno de la Corte, que determinó que la norma limitaba de manera injustificada el acceso a un derecho social.
Pensión y salario pueden coexistir
Durante la sesión, el ministro explicó que la pensión por viudez tiene como objetivo brindar estabilidad económica a la persona sobreviviente, mientras que el salario corresponde a la remuneración por el trabajo realizado.
En ese sentido, subrayó que ambas percepciones pueden coexistir sin excluirse, por lo que impedirlo representa una afectación directa al derecho a la seguridad social.
Efectos de la resolución
La Corte estableció que, una vez publicado el fallo en el Diario Oficial de la Federación y en el Semanario Judicial, la disposición invalidada dejará de aplicarse a cualquier trabajador del Estado que solicite pensión por viudez.
Asimismo, precisó que la resolución no tendrá efectos retroactivos, al no tratarse de materia penal.




