Ciudad de México, 7 de enero de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió ayer una controversia constitucional que fortalece la seguridad jurídica y el desarrollo profesional del magisterio, al validar disposiciones clave de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
El Pleno del máximo tribunal determinó la validez de los artículos 44 y 64 de dicha ley, al considerar que cumplen con el mandato constitucional de establecer bases claras para la admisión, promoción y reconocimiento del personal docente.
Reglas claras para promoción y acceso a plazas
El artículo 44 regula la promoción horizontal en educación básica mediante un programa con niveles de estímulo. Este esquema contempla reglas específicas de ingreso, permanencia y ascenso, además de respetar los incentivos obtenidos con anterioridad.
Por su parte, el artículo 64 establece que la promoción en educación media superior debe realizarse mediante programas definidos por las autoridades educativas, con aval de la Secretaría de Educación Pública. Dichos programas deberán incluir categorías, requisitos y criterios concretos.
La Corte señaló que el marco legal no deja vacíos normativos. Las disposiciones definen quiénes participan en la promoción, qué autoridades son responsables y cuáles son los elementos mínimos que deben cumplir los programas.
Además, el Pleno validó los artículos 35, 39 fracción VIII y 40, que otorgan prioridad a egresadas y egresados de Escuelas Normales Públicas, la Universidad Pedagógica Nacional y los Centros de Actualización del Magisterio para acceder a plazas docentes.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que esta medida tiene una finalidad constitucional legítima, alineada con el artículo 3 de la Constitución, al fortalecer la formación docente pública.
El fallo también estableció que esta prioridad no constituye discriminación, ya que no excluye a profesionistas de otras instituciones, quienes pueden acceder a las plazas mediante procesos públicos, transparentes y equitativos.
La resolución sienta un precedente que da certeza a las y los docentes sobre las reglas que rigen su carrera profesional, así como sobre los criterios para el acceso y promoción dentro del sistema educativo nacional.
