TEEM resuelve impugnaciones y sanciona violencia política de género
Morelia, Michoacán, 28 de marzo de 2026.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) resolvió diversos medios de impugnación y confirmó la existencia de violencia política contra las mujeres por razón de género, al analizar cuatro juicios ciudadanos, dos recursos de apelación y un procedimiento especial sancionador.
Resoluciones en recursos e impugnaciones
Durante la sesión, el Pleno confirmó el desechamiento de una queja en el recurso TEEM-RAP-004/2026, al considerar correcta la determinación de la autoridad electoral.
En otro caso, relacionado con la Comunidad Autónoma Mazahua de Crescencio Morales, en Zitácuaro, el Tribunal desechó un juicio ciudadano al quedar sin materia, luego de comprobarse que ya se había emitido la convocatoria y realizado la asamblea para renovar a sus autoridades comunales.
Derecho a la información de regidoras
En el juicio TEEM-JDC-12/2026, promovido por una regidora de Quiroga, el Tribunal determinó que las respuestas otorgadas por autoridades municipales fueron inadecuadas, ya que limitaron el acceso a información necesaria para el ejercicio del cargo.
El Pleno concluyó que estas acciones constituyen una obstrucción al ejercicio de sus funciones, por lo que ordenó entregar la información de manera completa y sin restricciones, con apercibimiento de sanciones en caso de incumplimiento.
En contraste, en el caso TEEM-JDC-017/2026, de una regidora de Epitacio Huerta, se determinó inexistente la omisión reclamada, al acreditarse que la autoridad sí proporcionó respuesta y facilitó el acceso a la información solicitada.
Violencia política de género y medidas cautelares
Respecto a los recursos TEEM-RAP-002/2026 y TEEM-RAP-003/2026, el Tribunal sobreseyó el primero por falta de firma autógrafa.
En el segundo, determinó que algunas expresiones denunciadas forman parte del debate público; sin embargo, consideró desproporcionadas varias medidas cautelares impuestas previamente, por lo que modificó el acuerdo y dejó subsistir únicamente una relacionada con posibles estereotipos de género.
Al resolver el fondo del procedimiento sancionador, el TEEM acreditó la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género en ciertos hechos, al identificar expresiones que reproducen estereotipos que afectan el ejercicio del cargo.
Como medida de reparación, se ordenó la implementación de un curso de sensibilización en esta materia.
Autonomía comunitaria y derechos políticos
Finalmente, en el juicio TEEM-JDC-008/2026, el Tribunal determinó que no hubo afectación a derechos político-electorales en la revocación de un integrante de un consejo comunal, al considerar que el proceso se realizó conforme al debido proceso y al derecho de autodeterminación de la comunidad.
Para más información, el organismo puso a disposición las sentencias completas en su portal oficial.




