Morelia, Michoacán, 30 de julio de 2025.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEMICH) concluyó este martes la etapa local impugnativa del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado, tras resolver cinco medios de impugnación interpuestos por aspirantes a jueces y magistrados.

En sesión pública, las magistraturas Alma Rosa Bahena Villalobos, Yurisha Andrade Morales, Amelí Gissel Navarro Lepe, Adrián Hernández Pinedo y Eric López Villaseñor analizaron cuatro juicios de inconformidad y un procedimiento especial sancionador. En todos los casos, el Pleno confirmó la validez de los resultados y descartó la existencia de irregularidades que comprometieran la elección de personas juzgadoras.

Entre los asuntos destacados, figura el acumulado TEEM-JIN-001/2025 y TEEM-JIN-015/2025, promovido por un aspirante al cargo de Juez Segundo Civil en Uruapan. El Tribunal determinó que no se acreditaron irregularidades sustanciales, al no presentarse pruebas que desvirtuaran la legalidad de los comicios ni del otorgamiento de la constancia de mayoría.

Asimismo, en el juicio TEEM-JIN-023/2025, presentado por un candidato a magistrado civil de la Segunda Sala, Región Morelia, se impugnó la presunta inelegibilidad de dos ganadores. El órgano jurisdiccional concluyó que ambos aspirantes cumplieron con los requisitos legales: uno mediante pase directo por estar en funciones y otro por acreditar experiencia jurídica de al menos tres años.

En otro caso, el TEEM-JIN-016/2025, un aspirante a magistrado penal alegó falta de probidad de un contrincante electo. Sin embargo, no logró desvirtuar la revisión técnica previa ni presentó pruebas sobre supuesta condena como deudor alimentario, motivo por el cual se confirmó la validez del proceso.

Finalmente, el Tribunal resolvió el procedimiento TEEM-PES-VPMG-024/2025, relacionado con supuesta violencia política de género a través de redes sociales. Tras analizar las publicaciones denunciadas, se concluyó que las expresiones eran críticas dentro del marco del debate político y no constituyeron violencia de género, por carecer de estereotipos o ataques diferenciados hacia la denunciante por razón de género.

Con estas resoluciones, el TEEMICH dio por cerrada la etapa local de impugnaciones del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial, garantizando el derecho a la continuidad de la cadena impugnativa ante instancias federales si así se solicita.