Morelia, Michoacán; 28 de mayo de 2025.- Con el objetivo de fortalecer el Estado de Derecho sin menoscabar los derechos fundamentales, el Congreso del Estado de Michoacán aprobó sancionar penalmente la apología del delito y la provocación criminal, garantizando la libertad de expresión y prensa.
En sesión ordinaria, el Pleno avaló con 24 votos a favor, 9 en contra y 2 abstenciones, una reforma al Código Penal estatal. Esta incluye la adición del Capítulo VII al Título Cuarto del Libro Segundo, con disposiciones que castigan la incitación delictiva mediante cualquier medio, como mantas, imágenes o calcomanías, entre otros.
Durante el debate, diputadas y diputados subrayaron que la norma busca frenar la glorificación de grupos criminales, sin convertirse en un instrumento de censura. La diputada Sandra María Arreola Ruíz propuso una excepción para periodistas y medios de comunicación, incorporada en el nuevo artículo 163 sexsies, que protege el ejercicio informativo legítimo.
“La violencia se nutre de un entorno que normaliza o exalta el crimen. Esta reforma no limita la crítica ni la libertad informativa, sino la promoción delictiva”, puntualizaron los legisladores.
El nuevo capítulo penal impone penas de tres a seis meses de prisión y multas de hasta 150 Unidades de Medida y Actualización a quienes promuevan el delito o el consumo de sustancias ilícitas. Sin embargo, las medidas excluyen expresamente a quienes informen como parte de su función periodística.
A nivel nacional, esta reforma se inserta en un contexto de creciente violencia e influencia del crimen organizado en regiones de México. Las autoridades locales argumentan que establecer límites claros entre información y apología contribuirá a reducir la impunidad.
La medida, de fuerte impacto jurídico y social, se espera que marque un precedente en la legislación estatal, priorizando la seguridad pública sin sacrificar derechos constitucionales como la libertad de expresión.
