Renuncia de Torres Piña abre relevo para elegir fiscal en Michoacán
Morelia, Michoacán, 19 de septiembre de 2026.- La renuncia de Carlos Torres Piña a la Fiscalía de Michoacán abrió el procedimiento para renovar la titularidad de uno de los organismos autónomos con mayor responsabilidad en materia de procuración de justicia. Sin embargo, la separación definitiva todavía requiere la aprobación del Congreso del Estado; mientras se completa el relevo, Israel Vega Rodríguez continúa como encargado del despacho.
Torres Piña entregó el 18 de septiembre al Poder Legislativo un escrito dirigido al presidente de la Mesa Directiva, Baltazar Gaona García, en el que presentó de manera libre y voluntaria su renuncia y solicitó su aprobación. La Constitución de Michoacán establece expresamente entre las facultades del Congreso aprobar la licencia o renuncia del fiscal general.
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La solicitud se produjo después de que Torres Piña fuera designado el 14 de septiembre coordinador estatal de la Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional de Morena. Esa responsabilidad partidista no constituye, por sí misma, una candidatura formal a un cargo de elección popular.
En su escrito, Torres Piña argumentó que la decisión responde a la siguiente etapa de su vida pública y sostuvo que una separación definitiva es necesaria para preservar la autonomía de la Fiscalía y la continuidad de la procuración de justicia. Esos argumentos corresponden a la explicación ofrecida por el propio funcionario.
¿Quién queda al frente de la Fiscalía de Michoacán?
La institución ya opera bajo la conducción de Israel Vega Rodríguez, vicefiscal de Inteligencia e Investigación Criminal, quien había quedado como encargado del despacho durante la licencia de Torres Piña. El 15 de septiembre, Vega confirmó públicamente que continuaba desempeñando esa función y que las actividades de la FGE se desarrollaban de manera ordinaria.
La legislación orgánica prevé que, ante una ausencia definitiva por renuncia, remoción, destitución, muerte o por exceder el periodo permitido de licencia, el Congreso debe iniciar el procedimiento constitucional para designar fiscal. Hasta que concluya, la persona titular de la Vicefiscalía designada como coordinadora queda encargada del despacho.
Esto significa que la renuncia no tendría que provocar un vacío en la conducción de la FGE mientras el Congreso y el Ejecutivo desarrollan el proceso de sucesión.
¿Cómo se elige al nuevo fiscal de Michoacán?
La Constitución estatal establece una ruta en la que participan tanto el Congreso de Michoacán como el gobernador. El artículo 102 señala que el Legislativo debe emitir una convocatoria pública; posteriormente selecciona, entre quienes cumplan los requisitos, una lista de diez personas y la remite al titular del Ejecutivo estatal.
A partir de ahí, el procedimiento contempla:
- Convocatoria pública. El Congreso abre el proceso para recibir aspirantes.
- Lista de diez perfiles. De quienes cumplan los requisitos constitucionales, el Legislativo selecciona diez y envía la lista al gobernador.
- Terna del Ejecutivo. El gobernador dispone de hasta diez días desde que recibe la lista para seleccionar tres nombres y devolver la terna al Congreso.
- Elección en el Congreso. El Pleno elige al nuevo fiscal entre las tres propuestas mediante el voto de las dos terceras partes de sus integrantes.
- Si no llega la terna. Cuando el Ejecutivo no la remite dentro del plazo, el propio Congreso puede integrarla.
- Si no se alcanza la mayoría. Después de dos votaciones sin conseguir la mayoría requerida, se solicita al gobernador una nueva terna integrada con personas de la lista inicial.
- Toma de protesta. La persona finalmente designada rinde protesta ante el Congreso.
Con 40 integrantes en la Legislatura, la mayoría de dos terceras partes de la totalidad supone al menos 27 votos para concretar la designación.
¿Qué requisitos debe cumplir el próximo fiscal?
El artículo 101 de la Constitución de Michoacán exige ciudadanía mexicana en pleno ejercicio de derechos políticos y civiles, tener por lo menos 35 años, residencia mínima de tres años en Michoacán al momento de la designación y título profesional de licenciatura en Derecho, además de una antigüedad de diez años en el ejercicio profesional.
También establece como requisitos gozar de buena reputación y no haber sido sentenciado por delito doloso ni inhabilitado para ejercer un cargo público.
La persona elegida será titular de un organismo que la propia Constitución define como autónomo, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía financiera, presupuestaria, técnica y de gestión. El fiscal general tiene un periodo constitucional de nueve años y no puede ser reelecto.
Primero, el Congreso debe resolver la renuncia
La presentación del escrito de Torres Piña no debe confundirse con la conclusión jurídica del procedimiento. Hasta la información localizada al cierre de esta revisión del 19 de septiembre, las publicaciones consultadas seguían señalando que el Congreso debía sesionar y aprobar formalmente la renuncia.
Por ello, el siguiente paso institucional es la resolución legislativa de la solicitud. Una vez configurada formalmente la ausencia definitiva, deberá desarrollarse el procedimiento para seleccionar a quien ocupará la Fiscalía General del Estado.
Enlace interno de MMC
MMC documentó en junio la primera licencia temporal concedida a Torres Piña y explicó el mecanismo utilizado para garantizar la continuidad de la Fiscalía mediante la Vicefiscalía coordinadora.
Congreso de Michoacán aprueba licencia de Carlos Torres Piña como fiscal | MMC Noticias Michoacán






