Congreso blinda elecciones en Michoacán: crimen organizado será causal de nulidad


Morelia, Michoacán, 29 de mayo de 2026.- El Congreso del Estado de Michoacán aprobó una reforma para blindar las elecciones en Michoacán frente a la injerencia del crimen organizado, al establecer como causal de nulidad de casillas los actos de violencia, amenaza, intimidación, coacción o cualquier forma de intervención ilícita que altere la libre emisión del voto.

La medida fue avalada por las y los integrantes de la Septuagésima Sexta Legislatura mediante la adición de la fracción XII al Artículo 69 de la Ley de Justicia en Materia Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Michoacán de Ocampo.

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Con esta reforma, la votación recibida en una casilla podrá declararse nula cuando se acrediten actos de violencia, amenazas o cualquier forma de injerencia ejercida por personas u organizaciones vinculadas a actividades criminales o de delincuencia organizada, dirigidas a condicionar, inhibir o alterar el sufragio ciudadano.

Reforma busca proteger la libertad del voto

El nuevo ordenamiento jurídico establece que la nulidad procederá cuando las conductas ilícitas afecten la participación ciudadana, la integración, instalación o funcionamiento de las casillas, el desarrollo de la jornada electoral o los resultados de la votación, vulnerando de forma sustancial los principios de libertad, autenticidad y efectividad del sufragio.

Esta disposición se suma a otras causales ya previstas en la legislación electoral estatal, como impedir sin causa justificada el ejercicio del derecho al voto o la existencia de irregularidades graves y plenamente acreditadas que comprometan la certeza de los resultados electorales.

Habrá elección extraordinaria si se confirma nulidad

Las y los legisladores también reformaron el Artículo 72 para establecer que, en caso de confirmarse algún supuesto de nulidad derivado de la intervención del crimen organizado, se deberá convocar a una elección extraordinaria.

Asimismo, la persona sancionada no podrá participar nuevamente en el proceso, y las autoridades deberán implementar medidas de seguridad para garantizar la reposición de la elección.

De igual forma, el Congreso determinó que la valoración de estos casos deberá sustentarse bajo un criterio cualitativo, considerando factores como la afectación a la equidad de la contienda, el efecto inhibitorio en el electorado y la vulneración a la libertad del sufragio, independientemente del margen de votación.

La reforma también precisa que el Tribunal Electoral deberá analizar el contexto de violencia y la posible injerencia de factores externos, con el objetivo de evitar que la nulidad electoral sea instrumentalizada de manera indebida.