Congreso de Michoacán aprueba reforma para habilitar espacios dignos de espera en hospitales públicos
Morelia, Michoacán, 14 de octubre de 2026. El Pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de Salud de Michoacán para que las instituciones públicas promuevan espacios dignos de espera y medidas de apoyo para familiares, personas cuidadoras y acompañantes de pacientes hospitalizados. La disposición contempla una implementación gradual, de acuerdo con los recursos y la capacidad operativa de cada unidad médica.
La modificación incorpora el artículo 16 Bis a la legislación estatal, con el propósito de mejorar las condiciones de quienes permanecen durante periodos prolongados en hospitales mientras acompañan a una persona internada.
¿Qué establece el nuevo artículo 16 Bis?
El artículo aprobado señala:
“Las instituciones públicas integrantes del Sistema Estatal de Salud, en el ámbito de sus respectivas competencias promoverán acciones de orientación, apoyo y asistencia, así como la habilitación y adecuación progresiva de espacios dignos de espera para familiares, personas cuidadoras y acompañantes de pacientes hospitalizados”.
La disposición establece una base legal para que las instituciones de salud impulsen acciones de acompañamiento y adecuación de espacios, considerando sus atribuciones y posibilidades de operación.
No determina características uniformes para todas las áreas de espera ni fija una fecha específica para que cada hospital realice las adecuaciones.
Familiares enfrentan largas esperas fuera de hospitales
El dictamen aprobado reconoce que las personas cuidadoras y acompañantes cumplen funciones de apoyo emocional y comunicación durante los procesos de hospitalización.
Sin embargo, también identifica que con frecuencia deben permanecer durante horas o periodos prolongados en exteriores o espacios improvisados, sin condiciones suficientes para descansar, mantener la higiene personal o resguardarse de las condiciones climáticas.
La situación puede representar mayores dificultades para quienes se trasladan desde comunidades rurales o municipios diferentes al lugar donde recibe atención médica su familiar.
Además de los gastos de transporte, estas personas pueden enfrentar costos de alimentación y alojamiento mientras esperan información sobre el estado de salud del paciente.
¿Los hospitales deberán construir nuevas salas de espera?
La reforma contempla la habilitación y adecuación progresiva de espacios dignos, pero no ordena la construcción inmediata de nuevas instalaciones en todos los hospitales públicos.
El dictamen señala que las medidas deberán aplicarse de manera gradual y estarán sujetas a la disponibilidad presupuestaria y la capacidad operativa de cada institución.
Esto significa que el alcance de las adecuaciones podrá variar según la infraestructura y los recursos de las unidades médicas.
El comunicado del Congreso no establece un presupuesto específico, un calendario de obras ni una lista de hospitales que recibirán intervenciones prioritarias.
¿Qué sigue después de la aprobación legislativa?
Con la votación del Pleno, la reforma concluyó la etapa de aprobación parlamentaria descrita en el comunicado.
Para conocer cuándo comenzará a surtir efectos, será necesario revisar el decreto correspondiente, su publicación oficial y las disposiciones transitorias.
También quedará pendiente conocer cómo las instituciones públicas de salud organizarán las acciones de orientación, apoyo y asistencia previstas en el artículo 16 Bis.
La reforma introduce así una disposición dirigida a las necesidades de las personas que acompañan a pacientes hospitalizados, aunque sus efectos concretos dependerán de la implementación en cada institución.






