Congreso de Michoacán aprueba reformas para garantizar trato digno en la atención de salud mental
Morelia, Michoacán, 14 de octubre de 2026. El Congreso del Estado de Michoacán aprobó reformas a los artículos 47, 51 y 53 de la Ley de Salud Mental para fortalecer el trato digno a las personas usuarias, prevenir prácticas discriminatorias y establecer contenidos de capacitación para el personal que brinda servicios de atención psicológica y psiquiátrica.
La modificación, avalada durante una sesión extraordinaria de la 76 Legislatura, establece disposiciones sobre comunicación clara y respetuosa, atención libre de estigmas y formación continua con enfoque de derechos humanos.
El dictamen fue elaborado por la Comisión de Salud y Asistencia Social a partir de una iniciativa presentada por el diputado Juan Carlos Barragán Vélez.
¿Qué cambia en la atención de salud mental en Michoacán?
La reforma al artículo 47 establece que la atención deberá proporcionarse de manera respetuosa, sin estigmatización, discriminación o prejuicios relacionados con la condición de salud mental de las personas usuarias.
También incorpora el uso de un lenguaje claro, accesible y comprensible durante la prestación de los servicios.
Con esta disposición, el Congreso busca que las personas que reciben atención cuenten con información que puedan entender y participen en su proceso de atención sin enfrentar conductas discriminatorias.
Capacitación para prevenir discriminación y prácticas coercitivas
La modificación al artículo 51 amplía los contenidos que deberán considerarse en la capacitación de servidores públicos relacionados con los servicios de salud mental.
Entre los temas contemplados se encuentran el trato empático y digno, la comunicación efectiva y respetuosa, los derechos humanos y la prevención de prácticas discriminatorias, coercitivas o estigmatizantes.
El texto aprobado también prevé que la Secretaría competente pueda celebrar convenios con instituciones públicas, sociales y privadas para desarrollar estas acciones de capacitación.
El comunicado legislativo no precisa cuántos servidores públicos recibirán formación, el presupuesto destinado ni las fechas de implementación.
Profesionales de salud mental deberán contar con formación continua
Por su parte, la reforma al artículo 53 establece que la capacitación de los profesionales de la salud mental deberá realizarse mediante programas actualizados y continuos.
Estos programas deberán incluir contenidos sobre atención humanizada, trato empático, comunicación clara, derechos humanos y prevención de conductas discriminatorias o estigmatizantes.
La disposición busca incorporar estos criterios a la preparación del personal de manera sostenida y no únicamente mediante actividades aisladas.
El estigma, una barrera para solicitar atención
En las consideraciones del dictamen, la Comisión de Salud y Asistencia Social señaló que el estigma asociado con los trastornos mentales puede dificultar que las personas soliciten ayuda, continúen sus tratamientos o participen en las decisiones relacionadas con su salud.
El documento también reconoce que la escucha, la información comprensible y la comunicación respetuosa son componentes importantes de la relación entre profesionales de la salud y personas usuarias.
A partir de ese diagnóstico, la reforma se concentra en las condiciones del trato y la capacitación del personal, sin anunciar la creación de nuevas unidades médicas ni la ampliación de la cobertura de servicios.
¿Cuándo entrarán en vigor las reformas?
El comunicado 0803/2026 confirma que el dictamen fue aprobado por el Pleno del Congreso de Michoacán el 14 de octubre.
Sin embargo, no incluye el decreto publicado ni sus artículos transitorios. Por ello, la aprobación legislativa no debe confundirse con la entrada en vigor de las modificaciones.
Será necesario revisar la publicación oficial correspondiente para conocer la fecha a partir de la cual comenzarán a aplicarse las nuevas disposiciones.






